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La
solicitud de baja temporal de los alumnos de la Escuela se
autorizará mediante un documento dirigido a la Dirección del
Plantel; estableciendo el periodo que se ausentará y el
motivo por el cual desea la baja temporal.
La
Dirección del Plantel a su vez revisará la situación
académica y el motivo por el cual se ausentará el alumno
dando su autorización de acuerdo a las Normas de Control
Vigente. Así mismo se establecerá por escrito su
autorización o en su caso la negativa de su solicitud.
Con respecto a los documentos resguardados en el archivo y
expediente de alumno no podrá ser entregado al alumno ya que
sólo mediante una Baja Definitiva por reprobación o por
interés de alumno de no seguir definitivamente sus estudios
en este Plantel se procede bajo las Normas y Procedimientos
vigentes la entrega de los documentos.
El
alumno sólo podrá solicitar su Baja Temporal sin excepción
alguna mediante estos mecanismos ya que si procede de otra
manera no se contemplará los derechos que tiene el alumno en
este rubro.
Así mismo y bajo lo establecido en las Normas de Control
Escolar el alumno no podrá ausentarse más de dos ciclo
escolares ya que agotará el tiempo establecido para concluir
satisfactoriamente sus estudios de Educación Normal.
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